SOBRE CIRCULACIÓN DE PAPEL SELLADO
ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 26 de Agosto de 1908
Publicado en La Gaceta No. 101 del 29 de Agosto de 1908
El Presidente de la República,
Considerando:
Que ha llegado del exterior el papel sellado que se había pedido, y que está para agotarse la existencia del habilitado conforme el Decreto de 20 de agosto de 1907.
Acuerda:
Poner en circulación el referido papel sellado, de las series, números y valores siguientes:
Serie I, números del 1ƒ300-300 pliegos de | $ 50.00 c/u |
Serie II, números del 1/1,000-1,000 pliegos de | 20.00 “ |
Serie III, números del 1/1,500-1,500 pliegos de | 10.00 “ |
Serie IV, números del 1/1,000-1,000 pliegos de | 4.00 “ |
Serie V, números del 1/1,000-1,000 pliegos de | 2.00 “ |
Serie V, números del 1/1,000-1,000 pliegos de | 2.00 “ |
Serie VI, números del 1/60,000-60,000 pliegos de | 1.00 “ |
Serie VII, números del 1/25,000-25,000 pliegos de | 0.50 “ |
Serie VIII, números del 1/3,000-3,000 pliegos de | 0.40 “ |
Serie IX, números del 1/25,000-25,000 pliegos de | 0.20 “ |
Serie X, números del 1/25,000-25,000 pliegos de | 0.10 “ |
Comuníquese- Managua, 26 de agosto de 1908- Rubricado por el señor Presidente- El Ministro de Hacienda- Martínez.