Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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APROBACION CONTRATO DE PRESTAMO CON HOLANDA POR 23 MILLONES DE FLORINES

DECRETO No. 1166, Aprobado el 03 de Diciembre de 1982

Publicado en La Gaceta No.14 del 18 de Enero de 1983

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

Decreta:

Artículo 1.- Apruébase la contratación de préstamo a otorgarse por DE NEDERLANDSE INVESTERINGSBANK voor ONTWIKKELINGSLANDEN N. V., a la República de Nicaragua, por la cantidad de Veintitrés Millones de Florines (HFL 23,000, 000.00), para financiar la adquisición de bienes y/o servicios para el desarrollo de Nicaragua.

Artículo 2.- La República de Nicaragua, pagará este préstamo en un plazo de treinta (30) años que incluye siete (7) años de gracia contados a partir de la fecha de suscripción del préstamo, mediante veintitrés (23) cuotas anuales y consecutivas de Un Millón de Florines (HFL 1,000,000.00) cada una, y reconocerá y pagará semestralmente intereses del 2½% anual sobre saldos deudores.

Artículo 3.- Autorízase al Ministro de Finanzas o a la persona en quien él delegue, para que en nombre y representación de la República de Nicaragua suscriba el respectivo contrato de préstamo y los documentos necesarios. El Ministerio de Finanzas deberá establecer oportunamente en los presupuestos de ingresos y egresos de la República, las cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones contraídas.

Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los tres días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad frente a la Agresión".

JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL.- Daniel Ortega Saavedra. - Sergio Ramírez Mercado. - Rafael Córdova Rivas.
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