Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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HÁNSE POR ELECTOS LOS MAGISTRADOS DEL PODER JUDICIAL

Decreto Legislativo No. 2 , Aprobado 04 de Junio de 1950

Publicado en La Gaceta No. 115 del 06 de Junio de 1950

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, a sus habitantes,

SABED:


Que la Asamblea Nacional Constituyente, ha ordenado lo siguiente:

DECRETO No. 2

La Asamblea Nacional Constituyente de la República de Nicaragua,

Decreta:

Artículo 1º.- Hánse por electos los Magistrados del Poder Judicial en concordancia con los Arts. 12 y 14 del Decreto Legislativo de 15 de Abril del corriente año, con la siguiente organización:

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Magistrados Propietarios:

Dr. Juan Marcos López Miranda.- Dr. Augusto Cantarero.-Dr. Antonio Barquero.- Dr. Adán Sequeira Arellano.- Dr. Gustavo Adolfo Argü ello.-

Magistrados Suplentes:

Dr. José Angel Romero Rojas.- Dr. Camilo Jarquín .-

CORTE DE APELACIONES DE LEÓN

Para la Sala Civil:

Dr. Salvador Delgadillo.- Dr. Pedro Reyes Meléndez.- R. Rafael Ortega Aguilar.-

Para la Sala de lo Criminal:

Dr. Ernesto Barrera.- Dr. José del Carmen Berríos.- Dr. José Pallais Godoy.

CORTE DE APELACIONES DE MASAYA

Para la Sala Civil

Dr. Manuel Escobar.- Dr. Raimundo Tapia Moncada.-Dr. José de Jesú s Bermúdez.

Para la Sala de lo Criminal:

Dr. Alfonso Oviedo Reyes.- Dr. Leopoldo Serrano.- Dr. Luis Correa Lacayo.

CORTE DE APELACIONES DE GRANADA

Para la Sala Civil:

Dr. Nemesio Ordóñez.- Dr. Ernesto Sequeira Arellano.- Dr. Horacio Saballos Flores.

Para la Sala de los Criminal:

Dr. Constantino Meneses.- Dr. Gonzalo Marenco.- Dr. José Antonio Robleto Fernández.

CORTE DE APELACIONES DE MATAGALPA

Presidente de ambas Salas por un año en el orden correspondiente:

Dr. Rafael Antonio Díaz

Para la Sala Civil:

Dr. Alejandro Fajardo Rivas.- Dr. Julio César Icaza Tijerino.

Para la Sala de lo Criminal:

Dr. Raúl Hazera.- Dr. Enrique A. Genie

CORTE DE APELACIONES DE BLUEFIELDS

Presidente de ambas Salas por un año en el

Orden correspondiente:

Dr. Félix Romero y Ocón.

Para la Sala Civil:

Dr. Justino Buitrago.- Dr. Humberto Vela.

Para la Sala de lo Criminal:

Dr. Salvador Santamaría.- Dr. Santos José Cermeño.

Artículo 2º.- En las Cortes de Apelaciones de Matagalpa y Bluefields, la Presidencia se turnará por un año correspondiendo ella siempre a un Magistrado del Partido de la Mayoría.

Artículo 3º.- Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia que no tomen posesión ante la Asamblea Nacional Constituyente, lo harán ante el Ministerio de Gobernación, y los de las Cortes de Apelaciones, ante los respectivos Jefes Políticos.

Artículo 4º.- La presente organización deberá publicarse en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente.- Managua, D. N., Junio 4 de 1950.- Mariano Argüello V., Presidente.- J. J., Sánchez R., Srio.

Por Tanto: Publíquese.-Casa Presidencial.-Managua, D. N., cuatro de Junio de mil novecientos cincuenta.- A. SOMOZA.- Presidente de la República.- M. Salmerón.- Ministro de la Gobernación y Anexos.

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Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
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