Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
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Categoría normativa: Leyes
Materia: S/Definir
TIÉNESE POR INSTALADA LA CAMARA DE DIPUTADOS

Decreto No. 1-C de 15 de Noviembre de 1974

Publicado en La Gaceta No. 270 de 26 de Noviembre de 1974

LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,

a los habitantes de la República,

Sabed:

Que la Cámara de Diputados,

ha ordenado lo siguiente:

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,


Decreta:


Único.- Tiénese por instalada la Cámara de Diputados en sus sesiones ordinarias correspondientes al Primer Periodo Constitucional del Congreso Nacional.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, Distrito Nacional, quince de Noviembre de mil novecientos setenta y cuatro.- C.H. Hüeck, Presidente.- U. Fonseca T., Secretario.- E. Paguaga M., Secretario.

Por Tanto: Publíquese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., 18 de Noviembre de mil novecientos setenta y cuatro.- JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. (f) R. MARTÍNEZ L.- (f) EDM. PAGUAGA I.- (f) A. LOVO CORDERO.- Doy fe: Luis Valle Olivares, Secretario.- Leandro Marín Abaunza, Ministro de la Gobernación."
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