Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Leyes
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TIÉNESE POR INSTALADA LA CÁMARA DEL SENADO

Decreto No. 1-CS de 15 de Noviembre de 1974

Publicado en La Gaceta No. 270 de 26 de Noviembre de 1974

LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,

a los habitantes de la República,

Sabed:

Que la Cámara del Senado,

ha ordenado lo siguiente:


Único.- Tiénese por instalada la Cámara del Senado en sus sesiones ordinarias correspondientes al Primer Periodo Constitucional del Congreso.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado.- Managua, Distrito Nacional, quince de Noviembre de mil novecientos setenta y cuatro.- P. Rener, Presidente.- R. Granera P., Secretario.- M. Paguaga I., Secretario.

Por Tanto: Publíquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N. 18 de Noviembre de mil novecientos setenta y cuatro.- JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO.- (f) R. MARTÍNEZ L.- (f) EDM. PAGUAGA I.-(f) A. LOVO CORDERO.- Doy fe: (f) Luis Valle Olivares, Secretario.- Leandro Marín Abaunza, Ministro de la Gobernación."
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