Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Educación
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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(SE CAMBIA TONALIDAD DEL HIMNO NACIONAL)


DECRETO LEGISLATIVO N°. 39. aprobado el 26 de febrero de 1919

Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 75 del 2 de abril de 1919

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

DECRETAN:


Único:- El Himno Nacional escrito en Sol Mayor, quedará para su mejor estructura y voces musicales, en el tono de Mi Bemol Mayor, debiendo orquestarse con la señalada transposición.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, 26 de Febrero de 1919.- GUSTAVO PAGUAGA, D. P.- A. OCÓN, D. V. S.- FERNANDO IG. MARTÍNEZ, D. S.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, 27 de Febrero de 1919.- SEBASTIÁN URIZA, S. P.- M. J. MORALES, S. S.- JUAN J. RUIZ, S. S.

Por tanto:- Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, veintiocho de Febrero de mil novecientos diecinueve.- EMILIANO CHAMORRO.- El Ministro de Guerra.- TOMÁS MASÍS.
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