Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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APRUÉBESE CONVENIO DE LA III CONFERENCIA DE MINISTROS DE AGRICULTURA DE CENTRO AMÉRICA Y MÉXICO.

DECRETO LEGISLATIVO No. 18, Aprobado el 20 de Julio de 1941.

Publicado en La Gaceta No. 184 del 24 de Agosto de 1949

El Presidente de la República, a sus habitantes

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Resolución No. 18

La Cámara de Diputados y la del Senado de la República de Nicaragua,

Resuelven:

Art. 1º - Aprobar el Convenio de la III Conferencia de Ministros de Agricultura de Centro América y México, firmado el 22 de Junio del corriente año en Tapachula, Chiapas, México y suscrito por el Delegado de Nicaragua, Dr. Alberto Sevilla Sacasa.

Art. 2º - Aprobar igualmente el acuerdo Ejecutivo, No. 25 de 18 de Julio de 1949 que le da su aprobación.

Art.3º - La presente resolución deberá ser publicada en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. – Managua, D. N., 20 de Julio de 1941. – (f) M. F. Zurita, D. P. – (f) Gabry Rivas, D. S. – (f) Santiago Callejas M., D. S.

(Un sello de la Cámara de Diputados)

Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. – Managua, D. N., 20 de Julio de 1949. – (f) Lorenzo Guerrero, S. P. – (f) Salvador Castillo, S. S.

(Un sello de la Cámara del Senado)

Por Tanto: Ejecútese. – Casa Presidencial. – Managua, D. N., 20 de Julio de 1949. – V. M. ROMÁN Presidente de la República. – El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, (f) O. Sevilla Sacasa.
(Aquí el Gran sello Nacional)
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