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Sin Vigencia
(OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN “POR MASAYA PRIMERO”, “PMP”)
DECRETO A.N. N°. 5898, aprobado 18 de noviembre de 2009
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 227 del 30 de noviembre de 2009
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “POR MASAYA PRIMERO”, Y que se abreviará con las siglas “PMP”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Masaya, Departamento de Masaya, República de Nicaragua.
Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3 La ASOCIACIÓN “POR MASAYA PRIMERO”, Y que se abreviará con las siglas “PMP”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dieciocho días del mes de Noviembre del año dos mil nueve. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.