SE AUTORIZA AL EJECUTIVO PARA QUE COMPRE Y EDITE OBRAS DE DON J. DOLORES GÁMEZ
DECRETO LEGISLATIVO S/N, aprobado el 01 de junio de 1894
Publicado en La Gaceta Oficial N°. 41 del 06 de junio de 1894
Se autoriza al Ejecutivo para que compre y edite varias obras de don J. Dolores Gámez
LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
Decreta:
Art 1º.- Con el propósito de proteger las letras nacionales, el Gobierno comprará al señor don J. Dolores Gámez, tan luego mejore la situación del Tesoro, mil ejemplares de su obra titulada: “Historia de Nicaragua”, á fin de distribuirlos en las escuelas del Estado.
Art 2º.- Asimismo se editarán las obras del señor Gámez tituladas: “Diccionario biográfico y estadístico de la República de Nicaragua”, “Archivo histórico de Nicaragua”, “Catecismo histórico completo de la República de Nicaragua”, “Manual de efemérides de Centro América”, “Historia contemporánea de Nicaragua”, “Narraciones históricas para la infancia”, “Geografía de Nicaragua” y “Nicaragua descriptiva”, hasta en número de mil ejemplares, de los cuales se dejarán al autor quinientos de cada una, y se le pagará una cantidad que justamente retribuya su trabajo.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente. — Managua, 1° de Junio de 1894 — F. Baca h., Presidente. - Adolfo Altamirano, Secretario.
Ejecútese — Palacio Nacional — Managua, 2 de Junio de 1894 — J. S. Zelaya - El Ministro de la Gobernación, por la ley, M. C. Matus.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Legislativo S/N, Se autoriza al Ejecutivo para que compre y edite obras de don J. Dolores Gámez, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Educación.