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RATIFÍCASE EL DECRETO QUE DICTÓ HOY EL PODER EJECUTIVO, DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY PROVISIONAL DE GARANTÍAS, EMITIDA EL 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO ANTERIOR
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 14 de febrero de 1911
Publicado en La Gaceta Oficial N°. 212 del 02 de marzo de 1911
ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
DECRETA:
Artículo. 1°- Ratificar el decreto que dictó hoy el Poder Ejecutivo, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley Provisional de Garantías, emitida el 15 de septiembre del año anterior.
Artículo. 2°- Dar, en presente emergencia, un voto de confianza al Poder Ejecutivo.
Dado en el Salón de Sesiones. Managua, á los trece días del mes febrero de mil novecientos once. – Adán Cárdenas, Presidente – Carlos Cuadras Pasos, Srio. – Gregorio Pasquier, Srio.
Publíquese – Palacio Nacional – Managua, catorce de febrero de mil novecientos once. – Juan J. Estada. – El Ministro de la Gobernación, J. M. Moncada.
NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.