IR A LEGISLACIÓN DE NICARAGUA
Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial
Categoría normativa: Acuerdo Ejecutivo
Materia: Transporte

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

ACUERDO, POR EL QUE SE REFORMAN DOS ARTÍCULOS DEL 28 DE FEBRERO DE 1886

ACUERDO EJECUTIVO S/N, aprobado el 29 de marzo de 1887

Publicado en La Gaceta, Diario oficial N°. 14 del 02 de abril de 1887

El Gobierno, en uso de sus facultades, acuerda:

1°. Las órdenes de pasaje y de trasporte de artículos por cuenta del Gobierno, que deben concederse por el Ferro-carril nacional y las líneas de vapores subvencionadas, conforme al acuerdo de 28 de febrero de 1886, consistirán únicamente, desde el 1°. del próximo abril, en una boleta de pasaje ó de flete, que expedirá el funcionario autorizado para concederlas; y el Jefe de estación ó Conductor de tren que recoja esta boleta, la presentará al Contador respectivo, para la computación de su valor é incorporación en el estado mensual de productos del Ferro-carril.

2°. Quedan así reformados los artículos 3° y 4°. del acuerdo citado.

Managua, 29 de marzo de 1887 – Carazo - El Sub-Secretario de Fomento, encargado del Despacho – Alejo. Cantón.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa