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Sin Vigencia
PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN "PUNTOS DE ENCUENTRO PARA LA TRANSFORMACIÓN DE LA VIDA COTIDIANA"
DECRETO A.N. N°. 226, aprobado el 03 de abril de 1990
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 74 del 17 de abril de 1990
DECRETO A.N. N°. 226
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Ha Dictado
El siguiente:
Decreto:
Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a Fundación "Puntos de Encuentro para la Transformación de la Vida Cotidiana" Fundación civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Managua.
Arto. 2.- La Representación Legal de la Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos que deberán ser aprobados por el Ministerio del Interior.
Arto. 3.- Esta Fundación estará obligada al cumplimiento de la Ley para la Concesión de la Personalidad Jurídica y demás Leyes de la República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los tres días del mes de Abril de mil novecientos noventa, "Año de la Paz y la Reconstrucción”. - Carlos Núñez Téllez, Presidente da la Asamblea Nacional. - Rafael Solís Cerda, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto, publíquese y ejecútese. - Managua, cinco de Abril de mil novecientos noventa, "Año de la Paz y la Reconstrucción", - Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República.