Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

(OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA "ASOCIACION JOVEN NICA", "JOVEN NICA")

DECRETO A.N. N°. 5617, aprobado el 12 de febrero de 2009

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 44 del 05 de marzo de 2009

DECRETO A. N. N°. 5617

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Artículo. 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION JOVEN NICA”, y que abreviadamente será conocida como “JOVEN NICA”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Matagalpa.

Artículo. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Artículo. 3 La “ASOCIACION JOVEN NICA”, y que abreviadamente será conocida como “JOVEN NICA”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Artículo. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los doce días del mes de Febrero del año dos mil nueve. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. - Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa