DECRETO EJECUTIVO DEL 13 DE FEBRERO DE 1860, SEÑALANDO LO QUE DEBEN PAGAR LOS ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD DE LEÓN
DECRETO EJECUTIVO S/N, aprobado el 13 de febrero de 1860
Publicado en el Código de la Legislación de la República de Nicaragua, 01 de enero de 1864
Decreto ejecutivo del 13 de febrero de 1860, señalando lo que deben pagar los alumnos de la Universidad de León
El Presidente de la República
a sus habitantes.
Con presencia de la solicitud introducida en 12 del actual por la junta de instrucción pública de Leon para que se decrete un impuesto sobre los estudiantes ó sus padres acomodados, i sobre los estranjeros que tengan tiendas en mercancías al menudeo, con el objeto de llenar el déficit del presupuesto de la enseñanza primaria i científica de aquel departamento. Al semblante del espediente creado con los requisitos establecidos en el art. 3o. de la lei de 11 de abril de 1859, i del informe dado por el Prefecto de aquella jurisdicción: en uso de la facultad que concede al Ejecutivo el art. 1o. de la disposición citada, ha venido en decretar i
DECRETA:
Art. 1°. Los alumnos de la universidad de Leon ó sus padres que tengan medios de subsistencia, pagarán mensualmente a la tesorería de instrucción pública de aquel departamento veinte centavos, i cuarenta los que tengan mayor comodidad a juicio de la junta del ramo.
Art. 2°. Los estranjeros que en el propio departamento tengan tiendas de mercancías al menudeo, satisfarán anualmente a la misma tesorería de instrucción ochenta pesos fuertes.
Art. 3°. El artículo anterior no comprende a los estranjeros que por tratados gozan de la gracia de vender por menor.
Art. 4°. El producto de los precedentes impuestos se consagra a la enseñanza de la juventud del departamento de Leon.
Dado en Santiago de Managua, a los 13 días de febrero de 1860.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Ejecutivo S/N, Decreto Ejecutivo del 13 de Febrero de 1860, Señalando lo que deben Pagar los Alumnos de la Universidad de León, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Educación.