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Sin Vigencia
[OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA “ASOCIACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO COMUNITARIO” (AFODECOM)]
DECRETO A. N. N°. 6269, aprobado el 02 de febrero de 2011
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 31 del 16 de febrero de 2011
DECRETO A. N. No. 6269
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Art. 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO COMUNITARIO”, podrá abreviarse “AFODECOM”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, capital de Nicaragua.
Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3 La “ASOCIACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO COMUNITARIO”, podrá abreviarse “AFODECOM”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el dos del mes de Febrero del año dos mil once. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.