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Sin Vigencia
PERMISO AL EXCMO. SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. GENERAL DE DIVISIÓN ANASTASIO SOMOZA DEBAYLE
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA N°. 64, aprobada el 01 de diciembre de 1977
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 273 del 01 de diciembre de 1977
Permiso para salir del País al Excmo. Señor Presidente de la República de Nicaragua, Gral. Anastasio Somoza Debayle
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes,
Sabed:
Qué el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente:
Resolución N°. 64
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Resuelven:
Único: De conformidad con el inciso 7) del Arto. 149 Cn., y para los efectos del Arto. 186 de la misma Constitución Política, concédese permiso al Excelentísimo Señor Presidente de la República, General de División don Anastasio Somoza Debayle, para salir del país, en ejercicio de sus funciones, por el lapso de tres meses, pudiendo dentro de ese lapso, salir más de una vez. El período de este permiso se contará a partir de la fecha de su primera salida.
Esta Resolución deberá publicarse en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Dada en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., treinta de noviembre de mil novecientos setenta y siete. — (f) Cornelio H. Hüeck, Presidente. — (f) Antonio Coronado Torres, Secretario. — (f) Fernando Zelaya Rojas, Secretario.
Al Poder Ejecutivo. — Cámara del Senado, Managua, D. N., uno de diciembre de mil novecientos setenta y siete. — (f) Pablo Rener, Presidente. — (f) Ramiro Granera Padilla, Secretario. — (f) Raúl Arana Montálván, Secretario,
Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D, N., uno de diciembre de mil novecientos setenta y siete. — (f) A. SOMOZA, Presidente de la República. — (f) J. Antonio Mora R., Ministro de la Gobernación.