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Sin Vigencia
[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN DE CONSULTORES PARA EL DESARROLLO RURAL NICARAGÜENSE (ACODER)]
DECRETO A.N. N°. 3342, aprobado el 14 de diciembre de 2002
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 9 del 14 de enero de 2003
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE CONSULTORES PARA EL DESARROLLO RURAL NICARAGÜENSE (ACODER), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua.
Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3. La Asociación de Consultores para el Desarrollo Rural Nicaragüense (ACODER), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4. El presente Decreto estará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los catorce días del mes de Diciembre del dos mil dos.- JAIME CUADRA SOMARRIBA, Presidente de la Asamblea Nacional.- MIGUEL LOPEZ BALDIZÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, ocho de enero del año dos mil tres. Enrique Bolaños Geyer, Presidente de la República de Nicaragua.