Enlace a Legislación Relacionada
(AUTORIZAR A LA TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA A CREAR SERIE DE DESMATERIALIZADA “GG-D” Y SERIE FÍSICA “GG”)
ACUERDO MINISTERIAL N°. 004-2024, aprobado el 26 de noviembre de 2024
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 232 del 16 de diciembre de 2024
ACUERDO MINISTERIAL No. 004-2024
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que es interés del Gobierno de Nicaragua ejecutar todas las acciones necesarias para fomentar la consolidación de un Mercado de Valores acorde con las transformaciones financieras del país y las condiciones de competitividad que demanda el Mercado.
II
Que debido a las particularidades de las emisiones de los Certificados de Bonos de Pagos por Indemnización “CBPI” emitidos en concepto de indemnización, para dar cumplimiento a la Ley No. 587, “Ley de Mercado de Capitales”, y Resoluciones de la Procuraduría General de la República es necesaria la emisión de valores desmaterializados y físicos.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo y sus reformas”, Decreto Ejecutivo No. 71-98, Reglamento de la Ley 290 y sus reformas, Decreto de la Ley No. 611, “Ley de Bonos Estatales de la República de Nicaragua”, Ley No. 180, “Ley Especial de Valorización de Bonos de Pagos por Indemnización”, Ley No. 477, “Ley General de Deuda Pública”, Decreto Ejecutivo No. 2-2004, Reglamento de la Ley No. 477, “Ley General de Deuda Pública”, Decreto Ejecutivo No. 56-92, Sistema de Compensación, Decreto Ejecutivo No. 21-95, Disposiciones para la Cancelación de Intereses de los Bonos de Pago por Indemnización, Acuerdo Ministerial No. 21-99, Procedimiento para el Canje de Certificados de pago por Indemnización, artículo 145 de la ley No. 587, “Ley de Mercado de Capitales”, Resolución CD-SIBOIF-558-1-OCT29-2008 del 29 de octubre del 2008, Norma sobre Registro de Valores Desmaterializados y Resolución CD-BCN-XIV-2-09, aprobada el 27 de mayo del 2009, Reglamento Sobre la Administración del Registro de Valores del Estado y de las Instituciones Públicas.
ACUERDA:
Artículo 1.- Autorizar a la Tesorería General de la República a crear las siguientes series como una extensión de lo establecido en el artículo 3 del Acuerdo Ministerial 21-99, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 64 del 8 de abril de 1999:
a) Serie Desmaterializada “GG-D” para el período comprendido del 01 de febrero de 2025 al 31 de enero 2040 y se pueda seguir colocando hasta la fecha de vencimiento de la emisión, es decir el 01 de febrero del 2040.
b) Serie Física “GG” para el período comprendido del 01 de febrero 2025 al 31 de enero 2040 y se pueda seguir colocando hasta la fecha de vencimiento de la emisión, es decir el 01 de febrero del 2040. La Tesorería General de la República podrá realizar operaciones de transformación de valores físicos a valores desmaterializados con cargo a la Serie Física “GG”. Para desmaterializar los Certificados de Bonos de Pago por Indemnización (CBPI) estos deberán ser múltiplos enteros de US$1,000.00, con sus cupones adheridos de intereses y principales vigentes, es decir, no se podrá desmaterializar cupones de forma independiente.
Artículo 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de esta fecha sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro, (f) Dr. Bruno Gallardo P., Ministro.