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Sin Vigencia
[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE SAN MARCOS Y CIRCUNVECINOS (ADISMAC)]
DECRETO A.N. N°. 2463, aprobado el 07 de diciembre de 1999
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 09 del 13 de enero de 2000
DECRETO A.N. N°. 2463
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA
REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE SAN MARCOS Y CIRCUNVECINOS (ADISMAC), sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de San Marcos. Municipio del Departamento de Carazo.
Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3. La Asociación para el Desarrollo Integral de San Marcos y Circunvecinos (ADISMAC), está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los siete días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve. IVÁN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional. VICTOS MANUEL TALAVERA HUETE, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, tres de enero del dos mil - ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.