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Sin Vigencia
SE DEROGA UN ACUERDO EMITIDO SOBRE EL SERVICIO DEL FERROCARRIL
DECRETO EJECUTIVO S/N, aprobado el 6 de noviembre de 1893
Publicado en La Gaceta, Oficial, Diario Oficial N°. 85 del 15 de noviembre de 1893
El Presidente de la República en uso de sus facultades acuerda:
Art. 1°. Que á comenzar del 16 del corriente en adelante, vuelva á hacerse el servicio del ferrocarril y vapores nacionales, por "La Nicaragua Cª. Limited", según lo estipulado en el contrato celebrado á 30 de Enero último, entre este Gobierno y dicha Compañia.
Art. 2°. Queda, en consecuencia, derogado el acuerdo de 5 de Octubre próximo pasado.
Comuníquese - Managua, 6 de Noviembre de 1893 - Zelaya - El Subsecretario de Fomento encargado del Despacho - Abaunza.
NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado