AUTORÍZASE AL PODER EJECUTIVO EFECTUAR UNAS TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE 1957
DECRETO LEGISLATIVO N°. 245, aprobado el 28 de junio de 1957
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 144 del 29 de junio de 1957
El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente;
DECRETO N° 245
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua;
Decretan;
Arto, 1°. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de ingresos y Egresos vigente las siguientes transferencias de Partidas:
Arto. 2°. — La presente Ley entrará en vigor desde su publicación en “La Gaceta” Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. — Managua, D. N., 27 de Junio de 1957. — (f) Ulises Irías, D.P. (f) Juan José Morales Marenco, D. S. (f) Manuel F. Zurita, D. S.
Al Poder Ejecutivo. — Cámara del Senado. — Managua, D. N., 28 de Junio de 1957. — (f) Luis Manuel De Bayle, S. P. — (f) Pablo Rener, S. S. — (f) Enrique Bellí Ch., S. S.
Por Tanto Ejecútese. — Casa Presidencial, Managua, D. N., 28 de Junio de 1957 (f) LUIS A. SOMOZA D. Presidente de la República. — (f), Karl J, C. H. Hüeck, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Legislativo Nº. 245, Autorízase al Poder Ejecutivo Efectuar unas Transferencias de Partidas del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de 1957, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.