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DECRETO, CONMUTANDO LA PENA Á UN REO
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 12 de septiembre de 1883
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 41 del 03 de octubre de 1883
Decreto, conmutando la pena á un reo
El Presidente de la República,
á sus habitantes
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua
Decretan:
Único- Conmútase con doce años de reclusión la pena de muerte á que ha sido condenado el reo Cecilio Gómez, por el delito de homicidio perpetrado en la persona de Clemente Hernandez.
Dado en la Sala del Senado - Managua, Agosto 28 de 1883 - Adrian Zavala, S. P. - José María Rojas, S. S. - Ramón Saenz, S.S.
Al Poder Ejecutivo - Salón de sesiones de la Cámara de Diputados - Managua, Setiembre 12 de 1883. - J. Miguel Osorno, D. P. - Santa Romero, D. S. - Marcial Solís, D. S.
Por tanto: Ejecútese - Managua, 17 de Setiembre - Ad. Cárdenas - El Ministro de Justicia - T. Delgadillo.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.