Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sector Energético y Minero
Categoría normativa: Resoluciones
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(APROBACIÓN MANUALES DE CONSTRUCCIÓN DE REDES AÉREAS DE DISTRIBUCIÓN EN MEDIA TENSIÓN)

RESOLUCIÓN INE N°. 08-01-2006, Aprobada el 20 de Enero de 2006

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 32 de 14 de Febrero de 2006

El Consejo de Dirección del Instituto Nicaragüense de Energía,

CONSIDERANDO
I

Que es necesaria la aplicación de las Normas de Construcción, para estructuras Aéreas de Distribución eléctrica en Media Tensión, en los niveles de voltaje de 7.6/13.2 KV y 14.4/24.9 KV, para postes de madera y postes de concreto, debido a que el uso de las mismas, fue instituido por la Empresa Nicaragüense de Electricidad (ENEL) desde el año 1998, para su aplicación en el ámbito de las construcciones de redes eléctricas de media tensión en Nicaragua.

II

Que el Artículo 33 de la Ley No. 272, establece que es el Instituto Nicaragüense de Energía quien aprueba los diseños de instalaciones eléctricas y que dichas Normas a la fecha no han sido aprobadas por el Ente Regulador.

POR TANTO:

En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica del Instituto Nicaragüense de Energía (INE) publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 106 del 6 de Junio de 1985 y su correspondiente reforma (Ley No. 271), publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 63 del 1 de Abril de 1998 y en la Ley de la Industria Eléctrica (Ley No. 272), publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 74 del 23 de Abril de 1998, su Reglamento, La Ley No. 465 y la Ley No. 554, Ley de Estabilidad Energética.

RESUELVE:

I. Aprobar la aplicación en Nicaragua de los Manuales de Construcción de Redes Aéreas de Distribución en Media Tensión, elaborados por la Gerencia de Ingeniería y Proyectos de la División de Distribución de la Empresa Nicaragüense de Electricidad (ENEL) en el año 1998:

a) Normas de Construcción de Redes Media 7.6/13.2 KV y Baja Tensión en poste redondo de concreto.

b) Normas de Construcción de Redes Media 14.4/24.9 KV y Baja Tensión en poste redondo de concreto.

c) Normas de Construcción de Redes Media 7.6/13.2 KV y Baja Tensión en poste de Madera.
d) Normas de Construcción de Redes Media 14.4/24.9 KV y Baja Tensión en poste de Madera.

e) Especificaciones Técnicas de Materiales de Distribución.

II. Estas normas regirán el diseño, construcción, operación y mantenimiento de las redes eléctricas de distribución de media tensión aéreas, en áreas concesionadas, como no concesionadas de Nicaragua.

III. El INE conformará una Comisión Técnica presidida por el Ing. Reinerio Montiel B, con la participación de los interesados a fin de revisarlos y actualizarlos.

La aprobación de la presente Resolución fue realizada por el Consejo de Dirección del Instituto Nicaragüense de Energía en su Sesión Ordinaria No 10 del veinte de Enero del año dos mil seis.

Dado en la ciudad de Managua, a los veinte días del mes de Enero del año dos mil seis.- Notifíquese y Publíquese. CONSEJO DE DIRECCIÓN, José David Castillo Sánchez, Presidente. Reinerio Montiel B., Miembro, Juan José Caldera P., Miembro. Ante Mí, Mariela Cerrato V., Secretaria Ejecutiva.
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