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Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
Materia: S/Definir


(AUTORIZAR A LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO (DGCE) IMPLEMENTAR LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DENOMINADA ACUERDO MARCO)

ACUERDO MINISTERIAL N°. 005-2026, aprobado el 22 de abril de 2026

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 74 del 28 de abril de 2026

ACUERDO MINISTERIAL No. 005-2026

EL VICEMINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que, el artículo 8 literal a) de la Ley No. 550, Ley de Administración Financiera y de Régimen Presupuestario, confiere al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la rectoría del Sistema de Administración Financiera del Estado, en tal carácter, le corresponde ejercer las atribuciones que le otorga la citada Ley, respecto al Sistema de Contrataciones Administrativas del Estado.

II

Que, de conformidad a lo establecido en los artículos 8, y 9 numeral 10) de la Ley No. 1238 Ley de Contrataciones Administrativas del Estado, concierne al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en su calidad de Autoridad Rectora del Sistema de Contrataciones Administrativas del Estado, administrar y supervisar los Acuerdos Marco, así como, capacitar sobre el uso de los mismos, a través de la Dirección General de Contrataciones del Estado.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones conferidas en la Ley No. 550, Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario y su Reforma; la Ley No. 1238 Ley de Contrataciones Administrativas del Estado y el Decreto Presidencial No. 07-2025, Reglamento a la Ley No. 1238, Ley de Contrataciones Administrativas del Estado.

ACUERDA:

PRIMERO: Autorizar a la Dirección General de Contrataciones del Estado (DGCE) implementar la modalidad de contratación administrativa denominada Acuerdos Marco, para lo cual deberá:

a. Aprobar y publicar el Plan Anual de Licitaciones para la suscripción de Acuerdos Marco en el Portal Único de Contratación www.nicaraguacompra.gob.ni

b. Ejecutar las etapas de preparación técnica, desarrollo de la modalidad de contratación de Acuerdo Marco a través de licitación pública, formalizar y administrar los contratos de Acuerdos Marco, de conformidad a lo establecido en el régimen jurídico vigente en la materia.

c. Administrar el Catálogo Electrónico para Acuerdos Marco (CEAM), garantizando las vinculaciones, actualización y ajustes con el Sistema de Contrataciones Administrativas Electrónicas (SISCAE) y en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIGAF).

d. Desarrollar un plan de capacitación dirigido a las Entidades del Estado y otras instancias involucradas.

e. Realizar las acciones necesarias para la efectiva implementación de los Acuerdos Marco, entre estas: establecer coordinaciones intra e inter institucionales, interactuar con el mercado, requerir o brindar asesoría y asistencia técnica.

f. Informar a la máxima autoridad sobre los avances en la implementación de los Acuerdos Marco, de los resultados obtenidos y proyecciones.

SEGUNDO: Autorizar la plataforma del Catálogo Electrónico para Acuerdos Marco, herramienta tecnológica a través de la cual las Entidades del Estado deben generar y publicar las órdenes de compra que acreditan legalmente la afectación del crédito presupuestario en la etapa de compromiso.

TERCERO: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su divulgación en el Portal Único de Contrataciones, sin perjuicio de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil veintiséis, (f) Nicolás Espinoza Rivera, Viceministro.
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