Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN RENACER DE NICARAGUA

DECRETO A.N. N°. 454, aprobado el 15 de noviembre de 1991

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 243 del 24 de diciembre de 1991

DECRETO A. N. No. 454

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA
REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Ha Dictado

El siguiente:

Decreto

Arto, 1. — Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Renacer de Nicaragua, Asociación civil, sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio de Managua.

Arto. 2, — La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos, que deberán ser aprobados por el Ministerio de Gobernación,

Arto. 3.— La Asociación Renacer de Nicaragua, estará obligada al cumplimiento de la Ley de Concesión de Personalidad Jurídica y demás Leyes de la República.

Arto, 4-— El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los quince días del mes de Noviembre de mil novecientas noventa y uno — Alfredo César Aguirre. Presidente de la Asamblea. Nacional — Fernando Zelaya Rojas. Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua diez de Diciembre de mil novecientos noventa y uno — Violeta Barrios de Chamorro. Presidente de la República de Nicaragua.
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