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Sin Vigencia
PERSONALIDAD JURÍDICA
DECRETO A.N. N°. 049, aprobado el 13 de junio de 1989
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 126 del 04 de julio de 1989
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
Decreto:
Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Cultural “Coro de Ángeles”, Asociación, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Managua.
Arto. 2.- La representación legal de la Asociación será ejercida en la forma que lo determinen sus estatutos que deberán ser aprobados por el Ministerio del Interior.
Arto. 3.- Esta Asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley para la Concesión de la Personalidad Jurídica, y demás leyes de la República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación, en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los trece días del mes de Junio de mil novecientos ochenta y nueve.- “Año del Décimo Aniversario”.- Leticia Herrera Sánchez, Presidente de la Asamblea Nacional por la Ley.- Rafael Solís Cerda, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese.- Managua, quince de Junio de mil novecientos ochenta y nueve.- “Año del Décimo Aniversario”.- Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República.