TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS EN PRESUPUESTO NACIONAL EN RAMO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
DECRETO LEGISLATIVO N°. 1486, aprobado el 28 de agosto de 1968
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°.210 del 13 de septiembre de 1968
Transferencias de Partidas en Presupuesto Nacional en Ramo de Economía, Industria y Comercio
“El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Decreto No. 1486
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Arto. 1o. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, la siguiente Transferencia de Partidas del Ministerio de Economía, Industria y Comercio:
| De: 11-00-10-00- | Transferencias de Capital |
11-00-10-00-08 | Transferencias de Capital |
11-00-10-00-082 | A Empresas Públicas e Instituciones Descentralizadas |
0824 | Capitalización. a Empresas Públicas Independientes Financieras |
11-36-10-00-0824-08 | Para el Banco Interamericano·de Desarrollo (BID), Fondo-de Operaciones C$ 2.000.000.00 |
| A: 11-00-09-00 | Transferencias Corrientes |
| 11-00-09-00-07 | Transferencias Corrientes |
| 11-00-09-00-075 | A Empresas Públicas e Instituciones Descentralizadas |
11-31-09-00-0753 | A Instituciones Autónomas de Servicio: |
0753 | Para el Instituto Nicaragüense del Café (Decreto Legislativo No. 957 del 7 de Julio de 1964) Fondo de Promoción Mundial del Café C$ 2.000.000.00 |
Arto. 2o. — La presente Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., 22 de Agosto de 1968. — (f) Orlando Montenegro Medrano, D. Presidente. — (f) Francisco Urbina Romero, D. Secretario (f) Orlando Trejos Somarriba, D. Secretario.
Al Poder Ejecutivo Cámara del Senado, Managua, D. N., 28 de Agosto de 1968. — (f) Constantino Mendieta R., S. P. (f) Pablo Rener, S. S. — (f) Carlos José Solórzano, S. S.
Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial, Managua, D.N., veintinueve de Agosto de mil novecientos sesenta y ocho. — (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República. — (f) Gustavo Montiel, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público."
Observación: El Decreto Legislativo Nº. 1486, Transferencias de Partidas en Presupuesto Nacional en Ramo de Economía, Industria y Comercio, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.