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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Infraestructura


DECRETO POR EL QUE SE DISPONE QUE EL GOBIERNO HAGA CONSTRUIR UNA CARRETERA ENTRE EL PUERTO DE SAN UBALDO Y LA VILLA DE LA LIBERTAD.

DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 29 de enero de 1889

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 21 del 16 de marzo de 1889

Decreto por el que se dispone que el Gobierno haga construir una carretera.

El Presidente de la República,

á sus habitantes

Sabed:

El Congreso ha ordenado lo siguiente:

El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,

Decretan:

Único: Dentro de un año, á más tardar, el Gobierno dará principio á la construcción de una carretera entre el puerto de San Ubaldo y la villa de La Libertad, pasando por Acoyapa, é invertirá anualmente en la obra, una cantidad que no baje de tres mil peso ($3,000).

Dado en el Salón de sesiones de la Cámara de Diputados- Managua, enero 29 de 1889- Salvador Castrillo, P.- Tomás Duarte, S.- Manuel Usaga, S.-

Al P.E.- Salón de sesiones de la Cámara del Senado- Managua, febrero 27 de 1889.- Dm. Salinas, P.- A. H. Rivas. S.- Santana Romero, S.

Por tanto: -Ejecútese- Masaya, 7 de marzo de 1889- E Carazo-Al señor Ministro de Fomento-Managua- Lad- Argüello.
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