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Legislación de Nicaragua
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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
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Sin Vigencia

ORGANIZACIÓN DEL EJÉRCITO EN LA CIUDAD DE GRANADA

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 24 de enero de 1894

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 9 del 31 de enero de 1894

Se aprueba un decreto

El Presidente de la República

Da su aprobación al decreto que dice:

“Fernando M. Rivas, Gobernador Militar del departamento de Granada: con el propósito de expeditar en cuanto sea posible la organización del Ejército en este departamento, y procurar el mejor desempeño de las funciones de este mando en todo los que concierne al servicio durante las presentes circunstancias, en uso de las facultades que se le han conferido,

Decreta:

Art. 1° Todos los Jefes y Oficiales que encontrándose en la ciudad no se presenten á esta Gobernación en el término de 24 horas, serán degradados, obligándolos á servir como soldados en el ejército de operaciones.

Art. 2° Y los que encontrándose fuera de la población no lo hicieren dentro de tercero día de publicado el presente, quedarán sujetos á lo dispuesto en el artículo anterior.

Art. 3° Todo militar que en cumplimiento de este decreto se presente, será inscrito en una lista que al efecto deberá llevarse, después de cuyo requisito quedará en libertad, con la obligación de acudir al Cuartel de armas tan luego sea citado en forma; y en caso de no verificarlo inmediatamente, se le reputará y juzgará como desertor, salvo el caso de que se halle con goce de licencia concedida por este mando ó impedido físicamente.

Art. 4° Elévese al conocimiento del Gobierno para su aprobación.- Granada, 16 de Enero de 1894 - F. M. Rivas.”

Cumplase – Palacio Nacional – Managua, 24 de Enero de 1894 - J. S. Zelaya - El Ministro de la Guerra, por la ley – T. G. Bonilla.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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