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Sin Vigencia
OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN CIVIL (ARDE)
DECRETO A. N. N°. 409, aprobado el 09 de mayo de 1990
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 122 del 03 de julio de 1991
DECRETO A. N. No. 409
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Ha Dictado
El siguiente:
DECRETO:
Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Civil denominada Asociación de Renovación Democrática (ARDE) Asociación Civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Managua.
Arto. 2.- La representación legal de la Asociación será ejercida en la forma que lo determinen sus Estatutos, los cuales serán aprobados por el Ministerio de Gobernación.
Arto. 3.- Esta Asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley para la concesión de la Personalidad Jurídica y demás leyes de la República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia, desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los nueve días del mes de Mayo de mil novecientos noventa. - Alfredo César Aguirre. Presidente de la Asamblea Nacional. - Fernando Zelaya Rojas. Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. - Managua veintidós de Mayo de mil novecientos noventa y uno. - Violeta Barrios de Chamorro. Presidente de la República.