LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE DE LA REPÚBLICA CONTINUARÁ SUS SESIONES EN LA CIUDAD DE GRANADA EL 16 DE MAYO DE 1854
DECRETO - LEY, aprobado el 14 de mayo de 1855
Publicado en El Boletín Oficial N°. 1 del 12 de mayo de 1855
El General Presidente de la República de Nicaragua
a sus habitantes.
Por cuanto la A. C. de la misma ha decretado lo siguiente.
La Asamblea Constituyente de la República de Nicaragua
DECRETA:
Artículo Único.- Durante las actuales circunstancias, la Asamblea Constituyente de la República continuara sus sesiones en la ciudad de Granada el 16 del corriente.
Dado en Managua, a 14 de mayo de 1854. - José Maria Estrada, D. P. - Francisco Barberena, D. S. —
Por tanto: ejecútese.- Granada, mayo 17 de 1854. - Fruto Chamorro - Al Sr. Ministro de Relaciones y Gobernación. Granada, mayo 1°. de 1855.- MAYORGA.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto - Ley S/N, La Asamblea Constituyente de la República Continuará sus Sesiones en la Ciudad de Granada el 16 de Mayo de 1854, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Administrativa.