Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia
[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN ONCOLÓGICA DE NICARAGUA (ASONCONIC)]
DECRETO A.N. N°. 3793, aprobado el 29 de enero de 2004
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 66 del 02 de abril de 2004
DECRETO A.N. No. 3793
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN ONCOLÓGICA DE NICARAGUA (ASONCONIC), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua, Municipio de Managua.
Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3. La ASOCIACIÓN ONCOLÓGICA DE NICARAGUA (ASONCONIC), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil cuatro. CARLOS NOGUERA PASTORA, Presidente de la Asamblea Nacional. MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN. Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veintinueve de marzo del año dos mil cuatro. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.