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Sin Vigencia
[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN DE APOYO A LA MICROEMPRESA (FAMIC)]
DECRETO A.N. N°. 2859, aprobado el 13 de marzo de 2001
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 79 del 27 de abril de 2001
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN DE APOYO A LA MICROEMPRESA (FAMIC), sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Estelí, Departamento de Estelí.
Art. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.
Art. 3. La Fundación de Apoyo a la Microempresa (FAMIC), está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República
Art. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los trece días del mes de marzo del año dos mil uno. ÓSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional. PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veinticuatro de Abril del año dos mil uno. Arnoldo Alemán Lacayo, Presidente de la República de Nicaragua.