Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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(RECONOCER Y APROBAR COMO RESERVA SILVESTRE PRIVADA LA PROPIEDAD DENOMINADA "COOPERATIVA AGROPECUARIA DE SERVICIO RICARDO MORALES AVILÉS, R. L.", UBICADA EN LA COMARCA MIRAVALLE, MUNICIPIO DE DIRIOMO, DEPARTAMENTO DE GRANADA)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 121-2020, aprobada el 19 de octubre de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 155 del 19 de agosto de 2021

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 121-2020

La Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales en uso de las facultades que le otorga la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, con reformas incorporadas.

CONSIDERANDO

I

Que es deber del Estado y particularmente del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), apoyar e integrar a los ciudadanos y pobladores en la Gestión Ambiental, a fin de proteger y conservar los Recursos Naturales existentes en el territorio nacional.

II

Que se ha cumplido con los criterios y procedimientos administrativos aprobados por el MARENA para el reconocimiento de Reserva Silvestre Privada, según consta en el expediente que para tales efectos se lleva y administra en la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad del MARENA.

III

Que habiendo obtenido dictamen favorable al reconocimiento y aprobación de la propiedad rural denominada "Cooperativa Agropecuaria de Servicio Ricardo Morales Avilés, R. L.", como Reserva Silvestre Privada, dictamen elaborado mediante inspección de campo, realizada por el personal técnico en el sitio propuesto de conformidad a lo establecido en el capítulo veinte (XX), artículos noventa y ocho y noventa y nueve (98 y 99) del Decreto No. 20-2017 (Sistema de Evaluación Ambiental de Permisos y Autorizaciones para el Uso Sostenible de los Recursos Naturales).

IV

Que habiéndose Revisado documentación técnica y jurídica se ha constatado que la propiedad conocida como "Cooperativa Agropecuaria de Servicio Ricardo Morales Avilés, R. L.", cumple con los criterios técnicos para su calificación como Reserva Silvestre Privada de acuerdo al Decreto No. 20-2017 (Sistema de Evaluación Ambiental de Permisos y Autorizaciones para el Uso Sostenible de los Recursos Naturales).

V

Que el manejo de los Recursos Naturales en la propiedad denominada "Cooperativa Agropecuaria de Servicio Ricardo Morales Avilés, R. L.", la cual se reconocerá como Reserva Silvestre Privada, serán administrados bajo los criterios, procedimientos y Plan de Manejo debidamente aprobados por MARENA, sujetos a la constante monitoreo de acuerdo a las competencias asignadas en la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, con reformas incorporadas.

VI

Que la Propiedad denominada "Cooperativa Agropecuaria de Servicio Ricardo Morales Avilés, R. L." posee una variedad de flora y fauna, el cual es utilizado por las especies faunísticas, entre ellas aves residentes y migratorias, elementos suficientes para ser declara como Reserva Silvestre Privada.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 28 de la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, con reformas incorporadas, Ley No. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, con reformas incorporadas, Decreto No. 01-2007, Reglamento Áreas Protegidas de Nicaragua y el Decreto No. 20-2017, Sistema de Evaluación Ambiental de Permisos y Autorizaciones para el Uso Sostenible de los Recursos Naturales.

RESUELVE

PRIMERO: Reconocer y Aprobar como Reserva Silvestre Privada la Propiedad denominada "Cooperativa Agropecuaria de Servicio Ricardo Morales Avilés, R. L."; en la cual se reconocerá un área de 16.34 hectáreas, destinadas a la conservación y preservación de los Recursos Naturales, propiedad perteneciente a la "Cooperativa Agropecuaria de Servicio Ricardo Morales Avilés, R. L."; Representada por el señor. Julio Cesar Muñoz Arias, en calidad de Presidente, identificado con cédula de identidad nicaragüense número: 203-210957-0002C, debidamente inscrita bajo los siguientes datos registrales: número 9477, Tomo 350 Folio 55, Asiento 29, libro de propiedades Sección de Derechos Reales, departamento de Granada.

SEGUNDO: La Reserva Silvestre Privada "Cooperativa Agropecuaria de Servicio Ricardo Morales Avilés, R. L.", se encuentra se encuentra ubicada en la comarca Miravalle, municipio de Diriomo, departamento de Granada, en las siguientes coordenadas:


TERCERO: El reconocimiento de la Reserva Silvestre Privada "Cooperativa Agropecuaria de Servicio Ricardo Morales Avilés, R. L.", estará sujeto a los términos y condiciones establecidos en el Convenio de Administración de la Reserva Silvestre Privada, así como en el Plan de Manejo y Planes Operativos Anuales que se aprueben por el MARENA, para su monitoreo y seguimiento.

CUARTO: Procédase a la firma y suscripción del Convenio de Administración de la Reserva Silvestre Privada, "Cooperativa Agropecuaria de Servicio Ricardo Morales Avilés, R. L.", la que será administrada por la "Cooperativa Agropecuaria de Servicio Ricardo Morales Avilés, R. L." en calidad de propietaria.

QUINTO: La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil veinte. (f) Fanny Sumaya Castillo Lara, Ministra Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA).
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