Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Transporte
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

SE DECLARA NAVE MERCANTE EL VAPOR NACIONAL MOMOTOMBO

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 09 de agosto de 1898

publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 609 del 25 de octubre de 1898

El Presidente del Estado

decreta:

1°— Declárase nave mercante el vapor nacional Momotombo.

2°— Derógase el decreto de 1° de Junio último.

3°— El presente decreto empezará á regir desde su publicación.

Dado en Managua, á nueve de Agosto de mil ochocientos noventa y ocho — J. S. Zelaya — El Ministro de Marina, por la ley — D. Manzanares, hijo.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.