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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: S/Definir

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Sin Vigencia

(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN CENTRO DE INTEGRACIÓN DESARROLLO URBANO Y RURAL MASAYA, CINDURMA)

DECRETO A.N. N°. 1678, aprobado el 02 de julio de 1997

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 146 del 04 de agosto de 1997

DECRETO A.N. No. 1678

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN CENTRO DE INTEGRACIÓN DESARROLLO URBANO Y RURAL MASAYA, ClNDURMA sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Masaya.

Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.

Arto. 3 La Asociación Centro de Integración Desarrollo Urbano y Rural Masaya, CINDURMA está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta. Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los dos días del mes de Julio de mil novecientos noventa y siete.- lván Escobar Fornos. Presidente de la Asamblea Nacional.- Carlos Guerra Gallardo. Secretario de la Asamblea Nacional.

POR TANTO:

Publíquese y Ejecútese. Managua veintitrés de Julio de mil novecientos noventa y siete.- Arnoldo Alemán Lacayo, Presidente de la República de Nicaragua.
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