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DECRETO DE CANCELACIÓN DE PERSONALIDADES JURÍDICAS
DECRETO A.N. N°. 8793, aprobado el 17 de marzo de 2022
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 56 del 23 de marzo de 2022
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO A.N. N°. 8793
DECRETO DE CANCELACIÓN DE PERSONALIDADES JURÍDICAS
Artículo 1 Objeto
Cancelase la Personalidad Jurídica de las entidades sin fines de lucro siguientes:
1. FUNDACIÓN NICARAGÜENSE PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL (FUNIDES), Decreto A. N. Nº. 4526, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 59 del 23/03/2006, y con domicilio en la ciudad de Managua;
2. FUNDACIÓN VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO PARA LA RECONCILIACIÓN Y LA DEMOCRACIA, "VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO", Decreto A. N. Nº. 1773, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 217 del 13/11 /1997, y del domicilio de la ciudad de Managua;
3. Fundación Grupo Cívico, Ética y Transparencia, Decreto A. N. Nº. 1380, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 138 del 24/07/1996, y del domicilio de la ciudad de Managua;
4. ASOCIACIÓN VOCES VITALES NICARAGUA, Voces Vitales Nicaragua o Voces Vitales, Decreto A. N. Nº. 6931, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 118 del 25/06/2012, y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua;
5. "Fundación Libertad o Fundación para la Libertad". "FPL", Decreto A. N. Nº. 7051, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 213 del 07 /11/2012, y con domicilio en la ciudad de Managua;
6. FUNDACIÓN AGORA PARTNERSHIPS NICARAGUA (AGORA y/o AGORA NICARAGUA) Decreto A. N. Nº. 5256, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 231 del 30111 /2007, y con domicilio de la ciudad de Managua;
7. "Fundación para la Autonomía y Desarrollo de la Costa Atlántica de Nicaragua" (FADCANIC), Decreto A. N. Nº. 114, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 62 del 28/03/1990, y del domicilio de Bluefields;
8. Asociación Civil Emprendedores Juveniles de Nicaragua, Decreto A. N. Nº. 591, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº 101 del 31 /05/1993, y del domicilio de la ciudad de Managua;
9. Asociación "Club Harvard de Nicaragua", Decreto A. N. Nº. 6906, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 117 del 22/06/2012, y del domicilio de la ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua;
10. "Centro Alexander Von Humboldt para la Promoción del Desarrollo del Territorio y la Gestión del Ambiente" (CENTRO HUMBOLDT), Decreto A. N. Nº. 145, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 66 del 03/04/1990, y del domicilio de Managua;
11. FUNDACIÓN PARA LA DIGNIDAD HUMANA NICARAGÜENSE, Decreto A. N. Nº. 2795, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 235 del 12/12/2000, y del domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua;
12. Club Social de Matagalpa, Acuerdo Nº. 413, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 71 del 03/04/1956, y del domicilio de la ciudad de Matagalpa;
13. FUNDACIÓN CRUZADA CIUDADANA POR LA DEMOCRACIA (C.C.D.), Decreto A. N. Nº. 3673, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 212 del 07/11/2003, con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua;
14. FUNDACIÓN KOLPING-NICARAGUA (OBRA KOLPING o KOLPING-NICARAGUA), Decreto A. N. Nº. 2213, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 115 del 17/06/1999, y del domicilio en la ciudad de Managua;
15. "FUNDACIÓN INSTITUTO DE OBSERVACIÓN PARA LA DEMOCRACIA Y LOS DERECHOS HUMANOS". (IDH), Decreto A. N. Nº. 6244, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 6 del 12/01/2011, y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua;
16. Asociación Civil Colectivo de Mujeres "8 de Marzo", Decreto A. N. Nº. 496, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 87 del 08/05/1992, y del domicilio de Managua;
17. FUNDACIÓN FONDO DE BECAS DE EXALUMNOS DEL COLEGIO CENTROAMÉRICA, (FOBECA); Decreto A. N. Nº. 4861, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 236 del 05/12/2006, y con domicilio en la Ciudad de Managua;
18. ASOCIACIÓN "FORO DE MUJERES DE NICARAGUA", Decreto A. N. Nº. 2191, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 114 del 16/06/1999, y del domicilio en la ciudad de Managua;
19. ASOCIACIÓN OPERACIÓN SONRISA NICARAGUA, OSN, Decreto A. N. Nº. 1656, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 146 del 04/08/1997, y del domicilio en la ciudad de Managua;
20. Asociación de Periodistas de Nicaragua Dr. Pedro Joaquín Chamorro Cardenal, Decreto A. N. Nº. 1090, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 221 del 23/11/1995, y del domicilio en la ciudad de Managua;
21. ASOCIACIÓN CENTRO POR LA JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA COSTA ATLÁNTICA DE NICARAGUA, CEJUDHCAN, el Decreto A. N. Nº. 4082, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 14 del 20/01/2005, con domicilio en la ciudad de Bilwi, Municipio de Puerto Cabezas, Región Autónoma del Atlántico Norte;
22. ASOCIACIÓN CENTRO CRISTIANO DE DERECHOS HUMANOS, CCDH, Decreto A. N. Nº. 1988, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 176 del 21/09/1998, y del domicilio en la ciudad de Managua;
23. ASOCIACIÓN CENTRO DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA, (CEPREV), Decreto A. N. Nº. 2175, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 64 del 08/04/1999, y del domicilio en la ciudad de Managua; y
24. Asociación Cívica Democrática Nicaragüense (ACDN), Decreto A. N. Nº. 1301, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 115 del 20/06/1996, y del domicilio en la ciudad de Managua.
Asociaciones/Fundaciones sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio especificado para cada una de ellas en los numerales 1 al 24 de este Artículo.
El Departamento de Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro, que a tal efecto lleva el Ministerio de Gobernación, deberá proceder a la cancelación de la inscripción respectiva de cada una de estas veinticuatro Asociaciones/ Fundaciones contenidas en este artículo en un plazo no mayor de setenta y dos horas sin costo alguno, poniendo en conocimiento al representante legal de cada una de estas o quien haga las funciones de tal para que procedan a la entrega de los libros de ley, el sello respectivo de las Asociaciones/Fundaciones y demás documentos que requiera la autoridad, así mismo, deberá notificar al resto de autoridades relacionadas de la cancelación de estas.
Artículo 2 Destino de bienes y acciones
Los bienes y acciones que pertenezcan a las Asociaciones/ Fundaciones, tendrán, previa liquidación, el destino previsto en el Acto Constitutivo o en su Estatuto. Si nada se hubiera dispuesto sobre ello, estos pasarán a ser propiedad del Estado de conformidad a la Ley de la materia.
Artículo 3 Derogación
Derogase los Decretos A.N. siguientes:
1. Decreto A. N. Nº. 4526, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 59 del 23/03/2006, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la FUNDACIÓN NICARAGÜENSE PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL (FUNIDES);
2. Decreto A. N. Nº. 1773, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 217 del 13/11/1997, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la FUNDACIÓN VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO PARA LA RECONCILIACIÓN Y LA DEMOCRACIA, "VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO";
3. Decreto A. N. Nº. 1380, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 13 8 del 24/07 /1996, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la Fundación Grupo Cívico, Ética y Transparencia;
4. Decreto A. N. Nº. 6931, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº 118 del 25/06/2012, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la ASOCIACIÓN VOCES VITALES NICARAGUA, Voces Vitales Nicaragua o Voces Vitales;
5. Decreto A. N. Nº. 7051, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 213 del 07/11/2012, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la "Fundación Libertad o Fundación para la Libertad". "FPL";
6. Decreto A. N. Nº. 5256, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 231 del 30/11/2007, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la FUNDACIÓN AGORA PARTNERSHIPS NICARAGUA (AGORA y/o AGORA NICARAGUA);
7. Decreto A. N. Nº. 114, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 62 del 28/03/1990, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la "Fundación para la Autonomía y Desarrollo de la Costa Atlántica de Nicaragua" (FADCANIC);
8. Decreto A. N. Nº. 591, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 101 del 31/05/1993, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la Asociación Civil Emprendedores Juveniles de Nicaragua;
9. Decreto A. N. Nº. 6906, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 117 del 22/06/2012, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la Asociación "Club Harvard de Nicaragua";
10. Decreto A. N. Nº. 145, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 66 del 03/04/1990, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica el "Centro Alexander Von Humboldt para la Promoción del Desarrollo del Territorio y la Gestión del Ambiente" (CENTRO HUMBOLDT);
11. Decreto A. N. Nº. 2795, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 235 del 12/12/2000, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la FUNDACIÓN PARA LA DIGNIDAD HUMANA NICARAGÜENSE;
12. Acuerdo Nº. 413, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 71 del 03/04/1956, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica el Club Social de Matagalpa;
13. Decreto A. N. Nº. 3673, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 212 del 07/11/2003, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la FUNDACIÓN CRUZADA CIUDADANA POR LA DEMOCRACIA (C.C.D.);
14. Decreto A. N. Nº. 2213, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 115 del 17 /06/1999, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la FUNDACIÓN KOLPING-NICARAGUA (OBRA KOLPING o KOLPING-NICARAGUA);
15. Decreto A. N. Nº. 6244, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 6 del 12/01/2011, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la "FUNDACIÓN INSTITUTO DE OBSERVACIÓN PARA LA DEMOCRACIA Y LOS DERECHOS HUMANOS". (IDH);
16. Decreto A. N. Nº. 496, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 87 del 08/05/1992, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica de la Asociación Civil Colectivo de Mujeres "8 de Marzo";
17. Decreto A. N. Nº. 4861, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 236 del 05/12/2006, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la FUNDACIÓN FONDO DE BECAS DE EXALUMNOS DEL COLEGIO CENTROAMÉRICA, (FOBECA);
18. Decreto A. N. Nº. 2191, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 114 del 16/06/1999, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la ASOCIACIÓN "FORO DE MUJERES DE NICARAGUA";
19. Decreto A. N. Nº. 1656, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 146 del 04/08/1997, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la ASOCIACIÓN OPERACIÓN SONRISA NICARAGUA, OSN;
20. Decreto A. N. Nº. 1090, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 221 del 23/11/1995, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la Asociación de Periodistas de Nicaragua Dr. Pedro Joaquín Chamorro Cardenal;
21. Decreto A. N. Nº. 4082, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 14 del 20/01/2005, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la ASOCIACIÓN CENTRO POR LA JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA COSTA ATLÁNTICA DE NICARAGUA, CEJUDHCAN;
22. Decreto A. N. Nº. 1988, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 176 del 21/09/1998, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la ASOCIACIÓN CENTRO CRISTIANO DE DERECHOS HUMANOS, CCDH;
23. Decreto A. N. Nº. 2175, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 64 del 08/04/1999, con el que obtuvo la Personalidad Jurídica la ASOCIACIÓN CENTRO DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA, (CEPREV);
24. Decreto A. N. Nº. 1301, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 115 del 20/06/1996, Asociación Cívica Democrática Nicaragüense (ACDN).
Artículo 4 Vigencia
El presente Decreto Legislativo entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: Publíquese.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, en la ciudad de Managua a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil veintidós. Dip. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.