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FE DE ERRATAS, REGLAMENTO DEL TRIBUNAL DE APELACIONES PARA EL MUNICIPIO DE MANAGUA
FE DE ERRATA
Publicado en la Gaceta, Diario Oficial N°. 195 del 29 de agosto de 1981
La Gaceta, Diario Oficial
En Gaceta N°. 185 del 18 de agosto de 1981 en el Reglamento del Tribunal de Apelaciones para el Municipio de Managua:
1. – En el Capítulo II, Arto. 6
Donde dice: El Ministerio y Organismos debe leerse El Ministerio u Organismo.
2. – En el Capítulo II, Arto. 9) inciso 7)
Donde dice: Que el Tribunal le diere la eficiente y debe leerse: que el Tribunal le diere para la eficiente y,
3. – En el Capítulo III, Arto. 12)
Donde dice: por la táctica del silencio del Responsable debe leerse: por la tácita del silencio del Responsable
4. – En el Capítulo III, Arto. 14)
Donde dice: en la cédula de envío en el presentado debe leerse: en la cédula de envío o en el presentado.
5. – En el Capítulo IV, Arto. 27)
Donde dice: contravertido debe leerse: controvertido.
La Dirección..