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Legislación de Nicaragua
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_Publicación oficial
Categoría normativa: Acuerdo Legislativo
Materia: Constitucional y Otras Normas Fundamentales

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Sin Vigencia

SE DISPONE LA REPOSICIÓN DE LOS DIPUTADOS QUE YA CUMPLIERON SU PERÍODO

ACUERDO LEGISLATIVO, aprobado el 19 de marzo de 1928

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 71 del 27 de marzo de 1928

El Presidente de la República,

a sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

La Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,

Acuerda:

Art. 1°.- En el tiempo y forma prescrita por la ley, los Distritos Electorales que en seguida se mencionan, se procederá a reponer a los Diputados siguientes que ha cumplido su período:

Departamento de Managua:

En el Distrito de San Miguel, un Diputado Propietario y un Suplente, en reposición de don Pedro Cabrera y don Pedro E. Rivas, respectivamente.

En el Distrito de San Antonio, un Diputado Propietario y un Suplente, para reponer al doctor Gustavo Manzanares y a don Gilberto Zavala, respectivamente.

Departamento de Chinandega:

En el Distrito de El Viejo, un Diputado Propietario y un Suplente, para reponer al doctor Ramón Romero y a don Gregorio Pichardo, respectivamente.

Departamento de León:

En el Distrito de Nagarote, un Diputado Propietario y un Suplente, para reponer a don J. Ramón Sevilla y doctor Marcelino L. Mora, respectivamente.

En el Distrito de Subtiava, un Diputado Propietario y un Suplente, para reponer al doctor Ulises Irías y doctor José Angel Bonilla, respectivamente.

En el Distrito del Sagrario, un Diputado Propietario, para reponer al doctor Enoc Aguado, que aceptó empleo en el Poder Ejecutivo.

Departamento de Masaya:

En el Distrito de San Jerónimo, un Diputado Propietario y un Suplente, en reposición del doctor Carlos Brenes Jarquín y don Carlos A. Velásquez, respectivamente.

En el Distrito de Diriega, un Diputado Propietario y un Suplente, en reposición de don J. Augusto Flores Z. y don Joaquín Caldera respectivamente.

Departamento de Granada:

En el Distrito de Nandaime, un Diputado Propietario y un Suplente en reposición del Ingeniero don Manuel J. Morales y de don Francisco Blanco h. respectivamente.

En el Distrito de Jalteva, un Diputado Propietario y un Suplente, en reposición del General don Segundo Chamorro A. y don Hildebrando Argüello, respectivamente.

Departamento de Carazo:

En el Distrito de Diriamba, un Diputado Propietario y un Suplente, en reposición de don Fernando González S. y don Francisco Sánchez E., respectivamente.

En el Distrito de Santa Teresa, un Diputado Propietario y un Suplente en reposición de don Salvador Baltodano h. y don Eusebio Norori, respectivamente.

Departamento de Rivas:

En el Distrito de Rivas, un Diputado Propietario y un Suplente, en reposición del doctor Hidebrando A. Castellón y don Leonidas Fletes, respectivamente.

Departamento de Chontales:

En el Distrito de Juigalpa, un Diputado Propietario y un Suplente, en reposición de don Antonio Cruz Hurtado y don Miguel Gallardo, respectivamente.

En el Distrito de San Carlos, un Diputado Propietario y un suplente, en reposición del doctor Manuel Cordero Reyes y don Pablo Hurtado h.,

Departamento de Bluefields:

En el Distrito de Prinzapolka debe hacerse la elección en los Directorios que aún faltan, para reponer las vacantes que dejaron los señores Antonio Falla y Willy Jackson.

En el Distrito de El Rama, un Diputado Propietario y un Suplente, para reponer a don Guillermo Pasos Montiel y doctor Carlos N. Casanova, respectivamente.

En el Distrito del Cabo Gracias a Dios, un Diputado Propietario y un Suplente, en reposición de don Aquileo Venerio y don Jacobo Fernández O., respectivamente.

En el Distrito de San Juan del Norte, un Diputado Propietario y un Suplente, para reponer al Doctor José María Borgen y don Henry Pallais, respectivamente.

Departamento de Matagalpa:

En el Distrito de Muy Muy, un Diputado Propietario y un Suplente, en reposición de don Vicente F. Pérez y don Emilio Rocha, respectivamente.

En el Distrito de Ciudad Darío, un Diputado Propietario y un Suplente, en reposición de don Juan Valle y don Max. Praslin, respectivamente.

Departamento de Jinotega:

En el Distrito de Jinotega, un Diputado Propietario y un Suplente en reposición del Dr. Onescíforo Rizo y don J. S. Rivera, respectivamente.

Departamento de Estelí:

En el Distrito de Estelí, un Diputado Propietario y un Suplente, en reposición de don Rodolfo G. Rivas C. y don Gregorio Padilla S., respectivamente.

Departamento de Nueva Segovia:

En el Distrito de Ocotal, un Diputado Propietario y un Suplente, en reposición de don José María Huete y don Humberto Solís C., respectivamente.

Art. 2°.- Si por alguna circunstancia no se verificaren las elecciones en uno o más de los Directorios Electorales mencionados, el Poder Ejecutivo queda encargado de señalar nuevas fechas para que se verifiquen dichas elecciones.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados- Managua, 15 de marzo de 1928. - G. Pasos M., D. P. - Seg. Chamorro Argüello, D. S. N. Fernández Osejo, D. S.

Por tanto: Ejecútese - Casa Presidencial - Managua, 19 de marzo de 1928 - Adolfo Díaz - El Ministro de la Gobernación - Ricardo López C.

Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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