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Sin Vigencia
SE ACLARA LA LEY DE AMPARO
LEY, aprobada el 06 de octubre de 1900
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 1201 del 20 de octubre de 1900
LA ASAMBLEA NACIONAL LEGISLATIVA
Se aclara una ley
La Asamblea Nacional Legislativa de la República de Nicaragua,
Decreta:
Único — El recurso de amparo establecido por la lev de 29 de Agosto de 1894. Se entablará precisamente dentro de diez días fatales, contados desde la última notificación de la sentencia de que se pida amparo, más el término de la distancia.
Dado en el Salón de Sesiones — Managua, 6 de Octubre de 1900 — Santiago López, D. P. — Raf. Caldera, D. 1er. S. — Manuel A. Urbina, D. 2°. S.
Cúmplase — Palacio Nacional — Managua, 18 de Octubre de 1900 — J. S. Zelaya — El Ministro de Justicia — Fernando Abaunza.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.