Normas Jurídicas de Nicaragua
Enlace al Reglamento:
Materia: Salud
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

DECRETO POR EL CUAL SE REORGANIZA EL SERVICIO SANITARIO EN EL DEPARTAMENTO DE BLUEFIELDS

DECRETO EJECUTIVO N°. 68, aprobado el 11 de noviembre de 1927

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 254 del 15 de noviembre de 1927

N° 68

El Presidente de la República,

Considerando:

Que dada la importancia muy principal que el Departamento de Bluefields tiene en el organismo de la República, es obligación del Gobierno hacer por él todo el mayor bien posible;

Considerando:

Que uno de los mayores beneficios es, indudablemente, la implantación y mantenimiento de un servicio de sanidad efectiva y eficiente, que aún no se ha establecido, debido a las circunstancias anormales por que ha venido atravesando aquel Departamento;

Considerando:

Que dada la importancia de la obra sanitaria que se va a emprender, es necesario que tanto las autoridades sanitarías de la República como los representantes de la Fundación Rockefeller tengan amplio campo de acción para la reorganización del servicio sanitario en dicho Departamento;
Decreta:

Art. 1°- Aceptar la colaboración que la Honorable Fundación Rockefeller ha hecho por medio de su representante, en la organización del servicio sanitario del Departamento de Bluefields.

Art. 2°- Quedan insubsistentes todos los nombramientos recaídos antes de ahora en personas que actualmente ejercen funciones sanitarias en dicho Departamento.

Art. 3°- La Dirección General de Sanidad, de acuerdo con los representantes de la Institución Rockefeller, y con la Aprobación del Ministerio de Policía e Higiene, procederá, cuanto antes a la reorganización del servicio sanitario del Departamento de Bluefields.

Art. 4°- El presente decreto surtirá sus efectos desde su publicación en La Gaceta.

Dado en Managua, en la Casa Presidencial, a los 11 días de noviembre de 1927- Adolfo Díaz - El Ministro de Higiene - Ricardo López C.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.