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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: S/Definir

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Sin Vigencia

[OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN PARA LA JUVENTUD DE LEÓN (A. J. L)]

DECRETO A.N. N°. 3107, aprobado el 23 de octubre de 2001

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 215 del 13 de noviembre de 2001

Decreto A.N. N°. 3107

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo de nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

Arto. 1. Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PARA LA JUVENTUD DE LEÓN (A. J. L), sin fines de lucro, de duración indefinida del domicilio de la Ciudad de León.

Arto. 2. La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma en que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La ASOCIACIÓN PARA LA JUVENTUD DE LEÓN (A. J. L), está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la Republica.

Arto. 4. El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintitrés días del mes de Octubre del dos mil uno – OSCAR MONCADA REYES Presidente de la Asamblea Nacional. - PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto, publíquese y ejecútese. Managua dos de Noviembre del año dos mil uno ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la Republica de Nicaragua.
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