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Sin Vigencia
[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN CENTRO CULTURAL CATÓLICO DEL NORTE – DIÓCESIS DE ESTELÍ (CECAN)]
DECRETO A.N. N°. 4405, aprobado el 27 de octubre de 2005
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 115 del 14 de junio de 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN CENTRO CULTURAL CATÓLICO DEL NORTE – DIÓCESIS DE ESTELÍ (CECAN); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Estelí, departamento de Estelí.
Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3 La ASOCIACIÓN CENTRO CULTURAL CATÓLICO DEL NORTE – DIÓCESIS DE ESTELÍ (CECAN); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil cinco. RENÉ NUÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, dieciséis de diciembre del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.