CRÉASE EL CONSEJO TÉCNICO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA Y EDUCACIÓN FÍSICA
DECRETO EJECUTIVO N°. 6, aprobado el 01 de octubre de 1938
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 234 del 28 de octubre de 1938
No 6
El Presidente de la República,
Considerando:
Que para la mejor marcha de la Enseñanza Nacional es indispensable la creación de un organismo con las funciones actualmente encomendadas a la Asesoría Técnica de la Secretaría de Instrucción Pública y Educación Física y las demás que sean necesarias para la mejor orientación científica de las actividades educacionales del Estado,
Decreta:
Arto. 1º — Créase el Consejo Técnico de Instrucción Pública y Educación Física con la función fundamental de asesorar a la Secretaria del Ramo en todos los asuntos de carácter científico y las demás que le otorgue el Reglamento que dictará la misma Secretaría.
Arto. 2º — El Consejo Técnico creado por el presente Decreto estará integrado por un Director y dos Vocales, o colaboradores, tendrá un Secretario que autorizará sus resoluciones y el personal de oficina necesario para la mayor eficacia de sus labores.
Arto. 3º — Los Inspectores Técnicos y los Oficiales encargados de los Ramos de Estadística y Escalafón dependerán del Consejo Técnico en lo que atañe al desempeño de sus funciones pedagógicas.
Dado en Casa Presidencial a los un día del mes de Octubre de Mil Novecientos Treinta y Ocho. — El Ministro de Instrucción Pública y Educación Física, Modesto Armijo.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Ejecutivo N°. 6, Créase el Consejo Técnico de Instrucción Pública y Educación Física, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Educación.