Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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APROBAR EL PLAN DE MANEJO DEL ÁREA PROTEGIDA RESERVA DE RECURSOS GENÉTICOS APACUNCA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 061-2006, aprobada el 24 de noviembre de 2006

Publica en La Gaceta, Diario Oficial N°. 78 del 26 de abril de 2007

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 061-2006

EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES

CONSIDERANDO

I

Que todas las actividades que se desarrollen en Áreas Protegidas obligatoriamente deben realizarse conforme a un Plan de Manejo, y de acuerdo a la categoría de manejo del área protegida de que se trate, de conformidad con el Arto. 21 de la Ley 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 105 del 06 de Junio de 1996.

II

Que mediante la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales Ley No. 217, publicado en la Gaceta, Diario Oficial No. 105 del 06 de junio de 1996, por su importancia estratégica y para efectos de la conservación en Nicaragua se incorporó al SINAP la Reserva de Recursos Genéticos Apacunca.

III

Que se han involucrado y hecho las consultas sobre el contenido del Plan de Manejo del área protegida Reserva de Recursos Genéticos Apacunca, a los diferentes actores locales tales como las autoridades gubernamentales, municipales, propietarios privados, Organismos No Gubernamentales, entre otros que inciden en el territorio, especialmente se han considerado e incorporado los comentarios producto de la revisión realizada por la Comisión Ambiental Municipal de las Alcaldías Municipales de Somotillo, y Villa Nueva en el departamento de Chinandega.

IV

Que habiendo tenido a la vista esta autoridad el dictamen favorable de fecha 03 de noviembre del año 2005, emitido por el Equipo Dictaminador Multidisciplinario nombrado por la Dirección General de Áreas Protegidas mediante memorándum BJQG-06092005-489 fechado 06 de septiembre de 2005, el mencionado dictamen indica que la propuesta de Plan de Manejo cumple con los requisitos establecidos en el Arto. 22 del Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua, Decreto No. 14-99, publicado en la Gaceta, Diario Oficial Nos. 42 y 43 del 02 y 03 de Marzo de 1999; y dando cumplimiento a lo establecido en el Arto. 35 del citado instrumento legal.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere la Ley,

RESUELVE

Aprobar el Plan de Manejo del área protegida Reserva de Recursos Genéticos Apacunca

Arto. 1.- La presente Resolución Ministerial tiene por objeto aprobar el Plan de Manejo del área protegida Reserva de Recursos Genéticos Apacunca, el cual será de acatamiento obligatorio conforme a lo dispuesto en el Arto. 34 del Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua, Decreto No. 14-99, publicado en la Gaceta, Diario Oficial No. 42 y 43 del 02 y 03 de Marzo de 1999.

Arto. 2.- Con la Aprobación del Plan de Manejo a través de la presente Resolución Ministerial, el área protegida mantiene la Categoría de Manejo de Reserva de Recursos Genéticos.

Arto. 3.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en la Gaceta Diario Oficial, en cumplimiento al Arto. 34 del Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua Decreto No. 14-99 publicado en la Gaceta, Diario Oficial No. 42 y 43 del 02 y 03 de Marzo de 1999.

Arto. 4- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación social hablado o escrito sin perjuicio de su posterior publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, a los 24 días del mes de Noviembre del 2006. Cristóbal (Tito) Sequeiro, Ministro.
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