Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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Sin Vigencia

(OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN EMANUEL, "FE")

DECRETO A.N. N°. 6490, aprobado el 06 de julio de 2011

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 141 del 29 de julio de 2011

DECRETO A.N. No. 6490

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Art 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN EMANUEL, pudiendo abreviarse y conocerse con las siglas "FE"; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.

Art. 3 La FUNDACIÓN EMANUEL, pudiendo abreviarse y conocerse con las siglas "FE"; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Julio del año dos mil once. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.
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