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Sin Vigencia
[OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO EN CADENA (D‘CANA)]
DECRETO A.N. N°. 6429, aprobado el 10 de mayo de 2011
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 101 del 02 de junio de 2011
DECRETO A.N. N°. 6429
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Art 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la Fundación para el desarrollo económico en cadena, pudiendo abreviarse D‘CANA; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de León, Departamento de León.
Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3 La Fundación para el desarrollo económico en cadena, pudiendo abreviarse D‘CANA; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Mayo del año dos mil once. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional