AUTORÍZASE AL PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS VIGENTE, TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
DECRETO LEGISLATIVO N°. 422, aprobado el 29 de junio de 1959
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 159 del 17 de julio de 1959
Transferencias en el Ramo de Educación Pública
El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
DECRETO N° 422
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Art. 1o. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente, las siguientes transferencias de Partidas del Ministerio de Educación Pública:
Art. 2o.- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en <La Gaceta>, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 25 de junio de 1959 -(f) J. J. Lugo Marenco, S. P.- (f) J. Castillo Alvarado, D. S. -(f) A. Martinez, D. S.
Al Poder Ejecutivo. - Cámara del Senado, D.N., 29 de Junio de 1959.- (f) Camilo López lrías, S. P. -(f) Carlos Rivers Delgadillo -, S. S.- (f) Enrique Belli, S. S.
Por Tanto: Ejecútese – Casa Presidencial, Managua, D. N., 30 de junio de 1959.- (f) Carl J. C. H. Hueck, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Legislativo Nº. 422, Autorízase al Poder Ejecutivo para Efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos Vigente, Transferencias de Partidas del Ministerio de Educación Pública, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.