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Legislación de Nicaragua
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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Aduanas

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MODIFICAR LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DEL DECRETO EJECUTIVO N°. 26, REBÁJASE UNOS GRAVÁMENES AL CÓDIGO ARANCELARIO DE IMPORTACIONES, PUBLICADO EN LA GACETA, DIARIO OFICIAL N°. 27 DEL 02/02/1956

DECRETO EJECUTIVO N°. 32, aprobado el 16 de febrero de 1956

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 53 del marzo de 1956

No. 32

El Presidente de la República,

Decreta:

Arto. 1o.-   El Decreto No 26 de 7 de Enero de 1956 publicado en "La Gaceta", Diario Oficial, el 2 de Febrero corriente, principiará a regir a partir del uno de Enero del año de 1956 en vez de a partir del uno de Julio de 1956, que dice el Arto. 6º de dicho Decreto.

Arto. 2o.-   El presente Decreto entrará en vigor desde la fecha de su publicación en «La Gaceta», Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial.- Managua, D. N., a los dieciséis días del mes de Febrero de mil novecientos cincuenta y seis.- (f) A. SOMOZA, Presidente de la República.- (f) Rafael A. Huezo, Ministro de Estado en Despacho de Hacienda y Crédito Público.
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