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Sin Vigencia
(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN CRISTIANISMO SIN FRONTERAS, CSF)
DECRETO A.N. N°. 1722, aprobado el 04 de septiembre de 1997
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 203 del 24 de octubre de 1997
DECRETO A.N. No. 1722
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACION CRISTIANISMO SIN FRONTERAS, CSF, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta fundación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.
Arto. 3 La Fundación Cristianismo sin Fronteras, CSF, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta. Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los cuatro días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y siete.- Jaime Bonilla, Presidente de la Asamblea Nacional por la Ley.- Carlos Guerra Gallardo. Secretario de la Asamblea Nacional.
POR TANTO
Publíquese y Ejecútese. Managua trece de Octubre de mil novecientos noventa y siete.- Arnoldo Alemán Lacayo, Presidente de la República de Nicaragua.